Introducción al derecho

El uso de la palabra Derecho no implica siempre el mismo sentido, ya que se maneja una pluralidad de acepciones sobre el concepto. Por una parte, se emplea el término para designar la norma, el mandato. De otra manera se utiliza con una significación distinta de la objetiva, cuando afirmamos que el ciudadano tiene derecho al voto, es claro que no estamos haciendo alusión a alguna norma, sino a la facultad que tiene una persona para hacer algo, y nos referimos entonces a la posibilidad de actuación que un sujeto ostenta; por tal razón es que se le denomina derecho subjetivo. No obstante, todo derecho subjetivo está sustentado en el derecho objetivo. El Derecho objetivo nos es otorgado de manera extrínseca, mientras que el derecho subjetivo lo poseemos como algo intrínseco.

Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad, inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.

El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía, esto es, toda la creación jurídica del órgano estatal que ejerza la función legislativa. El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No sólo se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.).

El derecho posibilita la auténtica vida humana. Si consideramos que el hombre es un ser que viene al mundo con posibilidades físicas, emocionales e intelectuales cuyo desarrollo y puesta en práctica hacen que construya una existencia más auténticamente humana, el desenvolvimiento de estas posibilidades requiere que el sujeto se encuentre con un medio social adecuado cuyo sentido de grupo no puede concebirse sin el derecho, ya que determina lo que cada uno puede hacer y lo que debe tolerar que hagan los demás, estableciendo las reglas que controlan las relaciones entre los miembros del grupo, el que, en fin ordena la vida social, donde hay hombre, hay sociedad, donde hay sociedad hay derecho.

Normas morales
Tratan más la tradición histórica que las sociedades han mantenido, prescripciones éticas, vinculadas por lo general al aspecto religioso. Regulan el actuar humano producido en su intimidad. Nos referimos a los actos inmanentes. Hay acciones externas regidas por el ordenamiento moral de una época determinada, pero que carece de cualquier tipo de regulación jurídica al no afectar al buen funcionamiento del orden social. Es importante tomar en consideración la temporalidad de las normas morales, lo que hoy es bien visto, en un futuro puede considerarse una falta grave a la moral.


Normas jurídicas Normas morales
No matar.
Pagar impuestos.
No estafar.
Respetar señalamientos.
Respeto a la propiedad privada.
No mentir.

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